Condiciones de afiliación

Las presentes Condiciones Generales de Uso (en adelante, las "Condiciones Generales") regulan la relación contractual entre Stop Rodent LLC, una sociedad de responsabilidad limitada debidamente registrada en el Estado de Delaware con el número de registro 6846757, con domicilio social en 2803 Philadelphia Pike B #4128, Claymont, DE 19703, Estados Unidos de América (en lo sucesivo, el "Comerciante" o "nosotros"), y cualquier persona física o jurídica que acceda al Programa de Afiliados como socio promocional (en lo sucesivo, el "Afiliado" o "usted").

La participación en el Programa de Afiliación implica la aceptación plena, completa e incondicional por parte del Afiliado de las presentes Condiciones Generales. En caso de que el Afiliado no acepte expresa y plenamente las presentes condiciones, le queda terminantemente prohibido inscribirse o participar en dicho Programa bajo cualquier forma.

Artículo 1. Aprobación o denegación del registro

El Comerciante se reserva expresamente el derecho discrecional, sin necesidad de justificación alguna, de aceptar o rechazar cualquier solicitud de afiliación al Programa de Afiliados. El Comerciante no ser- responsable de ning½n perjuicio, daÒo directo o indirecto, o pÈrdida de oportunidad resultante de dicho rechazo. El Afiliado renuncia expresamente a cualquier acción, reclamación o recurso contra el Comerciante en caso de que su solicitud sea rechazada.

Artículo 2. Responsabilidad Responsabilidad

Cualquier acto, publicación, declaración o comportamiento susceptible de perjudicar la reputación, imagen, derechos, intereses o credibilidad del Comerciante, su sociedad matriz, filiales o socios comerciales, cometido directa o indirectamente, intencionadamente o no, durante la vigencia del Programa o en los diez (10) años siguientes a su finalización, dará lugar a que el Afiliado deba abonar, en concepto de cláusula penal, una indemnización a tanto alzado no reducible de cien mil dólares estadounidenses (100.000 USD), sin perjuicio de los daños y perjuicios adicionales que pueda reclamar el Comerciante como compensación por el perjuicio sufrido.

Artículo 3. Enlaces de afiliación y cupones

Se genera automáticamente un enlace de afiliado único para el afiliado con fines de seguimiento y atribución de comisiones. El afiliado también puede crear enlaces específicos a determinados productos, colecciones o páginas. Si un usuario hace clic sucesivamente en varios enlaces de afiliado, solo se conservará a efectos de remuneración la última interacción válida.

Los códigos promocionales personales pueden asignarse al afiliado de acuerdo con los términos definidos en su panel de control personal. Si un cliente utiliza simultáneamente un enlace de afiliado y un código promocional vinculado al Afiliado, sólo se contabilizará una comisión, quedando excluida cualquier doble remuneración. Si no se asigna explícitamente ningún código, queda estrictamente prohibido cualquier uso o promoción de dicho código por parte del afiliado.
El Afiliado está autorizado a promocionar los productos o servicios del Comerciante a través de diversos canales, incluidos, entre otros, plataformas digitales (Facebook, Instagram, etc.), sitios de anuncios clasificados, medios impresos o cualquier otro medio publicitario lícito.

Artículo 4. Comisiones y pago

El afiliado tendrá derecho a percibir una comisión por cualquier transacción realizada por un cliente remitido a través de su enlace de afiliado, siempre que dicho pedido esté definitivamente validado y no sea objeto de ninguna cancelación, disputa, devolución de cargo o solicitud de reembolso.

El importe de la comisión se determina en función de la estructura de tarifas aplicable, disponible en todo momento en el panel de control. El cálculo se realiza sobre el importe neto del pedido, excluidos impuestos, gastos de envío y otros cargos accesorios.

El afiliado deberá facilitar, a través de la interfaz designada, los datos bancarios o identificadores necesarios para recibir los pagos. El pago de los importes adeudados se realiza de acuerdo con el calendario estipulado en la Guía del Afiliado. Las transacciones fraudulentas o que infrinjan las normas del Programa no podrán ser objeto de pago.

Artículo 5. Herramienta de marketing

El Comerciante pone a disposición del Afiliado, a través de un espacio dedicado, elementos publicitarios (banners, logotipos, visuales de campaña, etc.). Estos elementos pueden utilizarse exclusivamente en el marco del Programa, de conformidad con las condiciones establecidas por el Comerciante. Queda prohibido cualquier uso indebido, modificación no autorizada o distribución a terceros.

Artículo 6 Red

Cuando la opción "Red" está activada, el afiliado está autorizado a remitir a otros afiliados en sentido descendente. El enlace de referencia se proporciona a través del área personal del afiliado. Si un afiliado descendente genera ventas a través de sus propios canales, el afiliado ascendente podrá recibir una comisión denominada "de red", sujeta a los parámetros aplicables.
Cada nuevo afiliado registrado de esta forma debe utilizar el enlace de red para garantizar una atribución correcta en el sistema del comerciante.

Artículo 7 Cookies

El seguimiento de las actividades generadoras de comisiones se basa en el uso de cookies. Es responsabilidad del Afiliado informar a los usuarios finales de esta condición, en cumplimiento de las leyes de protección de datos.

Si el usuario final rechaza o borra las cookies, no podrá realizarse ningún seguimiento, lo que excluye cualquier derecho a remuneración. El periodo de validez de la cookie se especifica en el momento del registro del Afiliado y entra en vigor a partir del primer clic en el enlace o uso del cupón.

Artículo 8. Orden de los productos libres

Cualquier pedido de productos gratuitos por parte del Afiliado conlleva la obligación de publicar, en un plazo de siete (7) días a partir de la recepción, contenido promocional sustancial (como un vídeo, un artículo de blog, un post en redes sociales, etc.). En caso de retraso, se aplicará automáticamente una penalización de cincuenta dólares estadounidenses (USD 50) por día, deducible de cualquier posible ganancia.

Si la publicación promocional no se realiza en un plazo máximo de veintiocho (28) días, el Programa de Afiliación se considerará terminado por iniciativa del Afiliado. Éste deberá reembolsar la totalidad del valor público de los productos recibidos, así como una penalización fija de rescisión de mil cuatrocientos dólares estadounidenses (1.400 USD).

La retirada no autorizada de contenidos promocionales ya publicados se considerará como una rescisión iniciada por el Afiliado, con las mismas consecuencias económicas.

Artículo 9. Cláusula de no competencia Cláusula de no competencia

Durante todo el periodo de participación en el Programa y durante un periodo posterior de un (1) año tras su finalización, el Afiliado tiene terminantemente prohibido promocionar, directa o indirectamente, cualquier producto o servicio que compita con los del Comerciante. El incumplimiento de esta cláusula dará lugar a una multa fija no reducible de veinte mil dólares estadounidenses (20.000 USD) por infracción probada.

Artículo 10. Plazo de promoción

A partir de la fecha de aprobación de la inscripción, el Afiliado dispone de un plazo improrrogable de veintiocho (28) días para publicar al menos una comunicación pública promocionando la marca del Comerciante. En ausencia de dicha promociÛn en dicho plazo, el Programa se considerar- autom-ticamente finalizado por culpa exclusiva del Afiliado.

Artículo 11. Rescisión Rescisión

Toda rescisiÛn, ya sea iniciada por el afiliado o por el comerciante, dar- lugar al pago de una indemnizaciÛn compensatoria a tanto alzado de mil cuatrocientos dÛlares estadounidenses (1.400 USD), sin perjuicio de las cantidades ya percibidas o debidas en concepto de comisiones. Esta indemnizaciÛn podr- deducirse de los ingresos futuros o requerir un reembolso en caso de saldo insuficiente.

En su caso, el afiliado reembolsará también el precio público íntegro de los productos gratuitos recibidos anteriormente. La finalización del Programa no exime al afiliado de sus obligaciones anteriores, en particular las relativas a las cláusulas de no competencia y confidencialidad.

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